Tasas judiciales

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica la ley que prevé una subida generalizada de las tasas judiciales, de entre 50 y 750 euros, para poder recurrir una resolución en los tribunales. Los ciudadanos deberán pagar por primera vez la tasa en el orden Social y afrontar un coste de hasta 1.200 euros si quieren recurrir ante el Tribunal Supremo en la vía Civil y Contencioso-Administrativa.

La Ley 10/2012, de 20 de noviembre, [ver PDF] por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses entrará en vigor mañana.

El preámbulo señala que la norma pone todo el cuidado en que la regulación de tasas judiciales en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social no afecte al derecho a acceder a la justicia. Justicia pretende paliar la saturación de los juzgados, además de contar con unos mayores recursos para mejorar la financiación del sistema judicial y, en particular, de la asistencia jurídica gratuita.

El proyecto, que ha recibido críticas de la práctica totalidad de los operadores jurídicos, se tramitó en el Senado por el procedimiento de urgencia después de que saliera adelante en el Congreso de los Diputados con los únicos votos del PP en una sesión en la que la oposición se ausentó del momento de la votación.

La ley acabará con toda probabilidad en el Tribunal Constitucional ya sea por la vía de la cuestión de inconstitucionalidad (la que propugnan jueces o tribunales) o por el recurso de inconstitucionalidad, que podrían interponer en este caso 50 diputados o senadores, o el Defensor del Pueblo. El presidente del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), Carlos Carnicer, ya se lo ha pedido a Soledad Becerril.

Las tasas se extienden a las personas físicas

Hasta ahora, las tasas judiciales afectaban solo a las personas jurídicas y a las jurisdicciones civil y contencioso-administrativa. La nueva ley de tasas se extiende ahora a las personas físicas y toca de lleno a las dos jurisdicciones citadas más la social (laboral), si bien en este caso trabajadores y autónomos tendrán que abonar «solo» un 60 por ciento de la cantidad estipulada. Quedan excluidos de este supuesto, por ejemplo, parados o pensionistas.

En líneas generales, las tasas fijas oscilan entre los 100 euros de algunos procedimientos civiles y los 1.200 de un recurso ante la Sala Civil del Tribunal Supremo. Una reclamación de cantidad superior a 2.000 euros costaría, por ejemplo, 150. A las tasas fijas se suman otras variables de entre un 0,25 y un 0,5 por ciento de la cuantía procesal, es decir, del interés económico del pleito.

Los asuntos que pueden tocar el bolsillo de los españoles son muchos. Por ejemplo, si un ocupante de un vehículo se queda tetrapléjicoen un accidente y reclama a las compañías aseguradoras 1,3 millones de euros, interponer la demanda le costaría 6.050 euros.

En las sanciones de tráfico es donde más se ve que la tasa es disuasoria. En las leyes sin retirada de puntos (multas de hasta 100 euros) la tasa judicial es de 200, el doble de la multa. Graves sin puntos (multas de 200 euros), la tasa equivale a la multa: 200 euros.

Las tasas judiciales afectarán también a los despidos laborales, caseros que se niegan a devolver la fianza, inquilinos que dejan de pagar la renta, negligencias médicas o ahorros invertidos en preferentes, entre otros casos.

ABC

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