Informe criminológico sobre Madrid Arena
Nota: El presente informe se ha elaborado con los documentos aportados por el ayuntamiento de Madrid, con los testimonios publicados en prensa por algunos de los actores, con noticias aparecidas en prensa y con los videos publicados en la red. Por lo tanto presenta las carencias lógicas de la falta de documentación oficial como son los atestados, partes médicos, declaraciones ante el juez, etc. No tiene valor probatorio.
Realizado por: Vicente Soto
Fecha: 27 de Noviembre 2012
Objeto: Valoración sobre los hechos acontecidos en el Madrid Arena con el resultado de muerte de las jóvenes Katia Esteban Casielles, Rocío Oña Pineda y Cristina Arce de la Fuente, todas de 18 años, y Belén Langdon, de 17, aplastadas por decenas de personas atrapadas en uno de los pasillos del Madrid Arena. María Teresa Alonso de 20 años, resultó herida de gravedad y permanece ingresada desde entonces en la UVI
Índice:
1. Metodología
2. Análisis documental
3. Valoración
4. Fuentes
5. Conclusiones
1. Metodología
- · Examen del informe del Ayuntamiento de Madrid sobre Madrid Arena (Dirección general de organización y régimen jurídico)
- · Examen de la nota de prensa realizada por la Delegación de Gobierno de Madrid
- · Examen del Informe de la Policía Local (sin original)
- · Examen Características y Esquemas del aforo del Madrid Arena de la web http://www.madridarena.org/ficha.cfm
- · Examen Informe del cálculo de aforo para el Madrid Arena
- · Examen Contrato de alquiler de DIVIERTT con MADRIDEC
- · Examen Autorización del evento «Thriller Music Park Steve Aoki»
- · Examen Plan de vigilancia diseñado por SEGURIBEr para la fiesta de Halloween
- · Examen Contrato entre SEGURIBER y MADRIDEC
- · Examen Plan de Autoprotección 2005 y autorizado en 2012 del Madrid Arena
- · Examen Declaración ante el juez de Miguel Ángel Flores (recogido en prensa)
- · Examen Declaración del abogado de Kontrol34(recogido en prensa)
- · Examen Atestado policial filtrado al diario ABC
- · Examen Informe de la dirección general de emergencias de protección civil
- · Visionado de videos
Un asistente enciende una bengala
Otra bengala
Atasco en el túnel
Atrapados en el vomitorio
Avalancha
Atasco en el pasillo
· Testimonios (recogidos en prensa)
2. Análisis documental
A) Informe del Ayuntamiento de Madrid sobre Madrid Arena
La empresa MADRIDEC (empresa municipal que gestionó el alquiler del recinto) tiene su régimen legal definido en el ordenamiento jurídico privado. El PLAN DE AUTOPROTECCIÓN del 24 de mayo de 2005 recoge que el edificio tiene un aforo suficiente y flexible. Se recoge el análisis de los riesgos del edificio y las medidas de que dispone para responder a una emergencia. Adicionalmente a lo anterior, con fecha 16 de agosto de 2012, se recibe para informe de Bomberos, Plan de Autoprotección conforme a lo estipulado en el Real Decreto 393/2007 (modificado por Real Decreto 1468/2008, de 5 de septiembre), que se informa favorablemente por el Departamento de Prevención de Incendios con fecha 22 de octubre de 2012, siendo notificado a MADRIDEC el 8 de noviembre de 2012[1]. El informe del ayuntamiento afirma que el recinto reúne las condiciones técnicas para el montaje de cualquier tipo de espectáculo, siendo pues un espacio polivalente y multifuncional, espacio deportivo pero con versatilidad y capacidad de adaptación suficiente para ser escenario de grandes espectáculos, ferias, congresos y convenciones, es decir para adaptar su aforo, entre otras cosas.
Dice el informe que el Madrid Arena está incluido en Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. También se afirmaqueno necesitan autorización de la Comunidad de Madrid prevista en la Orden 10494/2002, de 18 de noviembre, por ser un espectáculo ordinario el que se dio el día 1 de Noviembre.
En este informe del Ayto.se manifiesta que la empresa a la que alquilan el recinto es DIVIERTT, S.L la cual estima la asistencia de 4.000 a 6.000 personas[2] y además confirma que el equipo de controladores de acceso estará a cargo de la empresa Kontrol 34 (75 efectivos). El organizador (DIVIERTT, S.L) cuenta con un servicio médico propio (2 médicos, 2 ATS y 2 ambulancias con 2 técnicos cada una)
MADRIDEC comunica la celebración del evento a la
- · Delegación del Gobierno, al
- · Coordinador de Actos Públicos del Área de Gobierno del Ayto de Madrid y a la
- · Policía Municipal.
MADRIDEC elabora la documentación técnica:
- · Plan de Vigilancia elaborado por Seguriber
- · Planos de acceso y distribución de Madrid Arena
- · Documento relativo a la forma de cálculo del aforo
- · Certificado de instalación del escenario
- · Documento de riesgos laborales
- · Boletín de Instalación eléctrica
SEGURIBER elaboró un plan específico de vigilancia en el que se desarrollan el conjunto de medidas destinadas a la protección tanto de las instalaciones como del evento a realizar. En el plan se detalla la ubicación y funciones de los 38 vigilantes de seguridad y de los 2 coordinadores pertenecientes a SEGURIBER, que asumió las funciones de seguridad en el exterior del recinto. De los 38 vigilantes 6 se encontraban en el interior del edificio, y uno de ellos en el centro de control de cámaras de Madrid Arena. Según el plan de vigilancia, a este último vigilante le correspondía el “control del público asistente mediante sistema C.C.T.V. de grabación automática para la prevención de actos vandálicos y en su caso de posterior seguimiento, es el centro de comunicaciones en caso de emergencia con teléfono exterior y el encargado de avisar según el plan de autoprotección.” Asimismo, se menciona que otro de los vigilantes “será equipo de primera intervención en el plan de autoprotección del Madrid Arena
La empresa KONTROL 34 asumía lasfunciones de control de acceso y seguridad interior mediante 75 operativos
El aforo total del Madrid Arena es de 10.620 personas según MADRIDEC
El día del evento el personal de MADRIDEC revisa el montaje en las diferentes zonas del pabellón y en los exteriores SIN QUE SE DETECTE ANOMALÍA ALGUNA.
Según el Ayto., antes de la apertura de las puertas, se personan en las instalaciones dos funcionarios del CNP, que solicitan la documentación y proceden a la revisión del montaje e instalaciones en compañía de personal de MADRIDEC, de SEGURIBER y de DIVIERTT. Se revisan los puntos de evacuación del edificio, los extintores, se recorren las áreas periféricas del recinto y se visitan las instalaciones del servicio médico.
La Policía Municipal actuaba bajo la orden de servicio 4036/12, en la que clasifica el evento como nivel 1 (alto riesgo) el operativo estaría compuesto por un 30 efectivos[3] (2 oficiales, 3 cabos y 25 policías en turnos de tarde y noche), que fueron ampliados con 24 efectivos más a partir de las 5:00 horas del 1 de noviembre.Las funciones asignadas al operativo municipal consistían en la regulación y ordenación de tráfico, encauzar los flujos peatonales que se dirigían al evento, evitar la venta ambulante, EVITAR EL CONSUMO DE ALCOHOL U OTRAS SUSTANCIAS EN LA VÍA PÚBLICA y evitar la reventa de entradas.
A este respecto, en la entrada principal del recinto fue necesario desde primera hora de la noche alejar a una gran cantidad de jóvenes que tenían intención de realizar botellón en la misma puerta y después entrar en el recinto. SE DESPEJÓ EL ACCESO SIN PROBLEMA Y SE ALEJÓ A LOS JÓVENES A UNA DISTANCIA DE UNOS 40 O 50 METROS DE LA PUERTA.
A primeras horas de la nochese comenzaron a recibir llamadas en el Centro de llamadas de Emergencias Madrid, 112, solicitando asistencia sanitaria para jóvenes que, en su mayoría presentaban síntomas de intoxicación etílica o traumas de carácter leve.
La empresa de seguridad colocó a los vigilantes según operativa de servicio a las 23:00 horas. A las 23:30 la autoridad gubernativa autoriza la apertura de las puertas y el público empieza a acceder hacia los carriles de acceso al pabellón. Los primeros incidentes se documentan en torno a las 00:20 horas, en que se procede al desalojo de varios botellones en la zona de restaurantes, para lo que se necesita el apoyo del patrulla, móvil y jefe de equipo. Se detectan en la zona de aparcamiento denominada bancadas varios botellones. Posteriormente, a las 02:10, se observa por parte de Control una aglomeración de personas en una de las puertas de acceso (la denominada F-3), por lo que se traslada a la zona a dos indicativos desde la zona de restaurantes para apoyar la requisa que se realiza en este punto. Para ello se requiere, asimismo, el apoyo de varías dotaciones de Policía Municipal.
Hacia las 2:15 horas se detecta que dos puertas de acceso de la pista a los vomitorios habían sido precintadascon cintas de acotar y aislante por personal de seguridad contratado para el evento. Se ordena a dicho personal retirar tales precintos dado que son vías de evacuación.
B) Nota prensa Delegación Gobierno 15-11-2012
Afirma la Delegación de Gobierno sobre la inspección de los agentes del CNP que «ni la Delegación del Gobierno ni el Cuerpo Nacional de Policía tienen competencias en esta materia, de acuerdo conlo que establece la legislación vigente en materia de espectáculos públicos».
Afirma que la función de los agentes del CNP durante la visita al recinto se lleva a cabo «exclusivamente» para recoger la documentación administrativa pertinente, para su posterior traslado a los órganos competentes. (En concreto, certificados de instalación de estructuras, ignífugos, instalación eléctrica, servicios asistenciales, sanitarios y Plan de Vigilancia a cargo de la empresa)La Ley 17/1997, de 4 de julio, de espectáculos públicos y actividades recreativas dice en su artículo 30 que “Corresponde a los Ayuntamientos el ejercicio de las funciones inspectoras que garanticen el cumplimiento de las normas reguladoras de los establecimientos y locales y de la celebración de los espectáculos públicos y actividades recreativas objeto de la presente Ley. Asimismo, la Comunidad de Madrid podrá realizar funciones inspectoras en el ámbito de sus competencias.”
Las inspecciones podrán ser realizadas por funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de las Policías Locales, o por funcionarios de la Comunidad de Madrid y de los Ayuntamientos debidamente acreditados y dotados de los medios técnicos adecuados para desempeñar eficazmente su labor que, en todo caso, tendrán, en el ejercicio de sus funciones, el carácter de agentes de la autoridad.
Pero al parecer no hay ninguna acta policial que recoja la inspección como se explica enel artículo 30.5“. El resultado de la inspección deberá consignarse en un acta, de la que se entregará copia al titular u organizador o a su representante.”
En el mismo sentido se manifiesta la propia Jefatura Superior de Policía de Madrid, «desmiente rotundamente que funcionarios de esta Jefatura hayan realizado inspección alguna en dicho local y que dieran su visto bueno al respecto«.
C) Informe de la Policía Local
El inspector jefe de la Policía Municipal, Emilio Monteagudo, asegura que el dispositivo estuvo compuesto por 30 efectivos (12 desde las 21.00 horas y 18 desde las 23.00 horas). Pues bien, nunca hubo 30 agentes a la vez en la zona. Los 18 policías relevaron a los 12 anteriores. De hecho, la Jefe de la Unidad de Moncloa-Aravaca, Cándida Jiménez Ruiz, habla en su documento, de relevo, nunca de que ambos dispositivos coincidieran.
Nunca hubo 30 efectivos al mismo tiempo, sino 12 y 18
Se paso de riesgo nivel MEDIO a nivel ALTO verbalmente mediante conversación telefónica, siguiendo el conducto reglamentario, del inspector (Gerardo del Rey) al subinspector (Emilio Rodríguez Corral); y este no la transmite a la jefe del dispositivo, como queda reflejado en el informe de este oficial.
El dispositivo no estaba preparado para asumir el riesgo de nivel alto, estaba diseñado para nivel medio recogido en la instrucción 03/2008/AOS
La jefa de Unidad no recibió ninguna orden ni verbal ni escrita para cambiar el operativo a nivel Alto
D)Características y Esquemas del aforo del Madrid Arena
En la web del Madrid Arena se afirma que el recinto tiene un aforo total de 10.620 personas. La superficie total de la pista central puede variar de 1000 a 2.542 metros cuadrados según las necesidades.
Si la superficie estaba preparada para pista con gradas y público de pie: el aforo permitido máximo era entre 7.668 y 8.846 pax
Si la superficie estaba preparadaparaPista sin gradas (público de pie), el aforo se situaría entonces en un máximo entre 8.965 y 10.143 pax
Si la superficie se preparaba sin gradas entonces el aforo estaría en función del proyecto. Esta es la configuración del espectáculo de “Hallowen” según el documento hecho público por el ayto.de Madrid. Se consideró un uso discoteca que tiene una densidad de 2 personas por m2
El recinto dispone de 40 salidas distribuidas por el perímetro del nivel 2, que son 39 puertas dobles con barra antipánico y portón
Dispone de salidas en los dos niveles inferiores del pabellón
E) Informe del cálculo de aforo para el Madrid Arena
Cálculo por superficie de evacuación:[4]
Zona alta 3000 personas distribuidas en:
Aforo del vestíbulo 1500 personas
Aforo superficie público en general 960 personas
Aforo zonaVIP 540 personas
Zona entreplanta 3920 personas
Planta baja 3700 personas
Esto nos da un aforo de 10620 personas. Atención para respetar el aforo del espectáculo, este debe ser compartimentado, es decir, en la pista caben 3700 personas, no 5000.
F) Contrato de alquiler de DIVIERTT con MADRIDEC
En el contrato se recoge que los servicios de mantenimiento, limpieza y seguridad serán prestados por las empresas contratadas por MADRIDEC para este recinto.
Se añade que estos servicios serán abonados por el cliente.
MADRIDEC pone a disposición del organizador el plan de seguridad del recinto y un protocolo de seguridad para eventos
G) Autorización del evento «Thriller Music Park Steve Aoki
Se solicita una visita técnica a la instalación, se pide una operativa y datos de seguridad que se recepcionan el día 22/8/12. El día 24 se envía la documentación sobre riesgos laborales, el día 29 se reclaman y ese mismo día se reciben. El día 25 se reciben los planos del evento. Al día siguiente se envía el plan de vigilancia y el 31 se recibe la documentación técnica.
La presentación del proyecto y de los planos la realiza la comisión de eventos y la cotización de espacios. Realizan la supervisión técnica del proyecto, el cumplimiento del plan de autoprotección y si no se cumple, se solicita al cliente (DIVIERTT) que elabore un plan de autoprotección específico. También se supervisa los planos del proyecto presentado. Se solicita el documento del cumplimiento de la norma sobre riesgos laborales firmado por DIVIERTT.
Se adjuntan los informes realizados al acabar el último evento y el realizado antes del evento que nos ocupa.
H) Plan de vigilancia diseñado por SEGURIBER para la fiesta de Halloween
Entre las funciones a desarrollar por los vs están la vigilancia y protección de las instalaciones, evitar la comisión de actos delictivos o infracciones, colaborar con la Policía. Realización de partes e informes, avisar a los responsables en caso de incendio o alarma y cumplir con las instrucciones en casos de emergencia, prevención de los riesgos.
Como funciones específicas a realizar: evitar la circulación de personas sin autorización para acceder al evento, aperturas y cierres de puertas del interior del pabellón, prevención de actos vandálicos, control desde cctv, evitación de altercados, evitar la entrada de bebidas alcohólicas y objetos punzantes y/o contundentes, entre otras. Uno de los vs es equipo de primera intervención.
Por su parte el inspector del servicio y el jefe de equipo tienen como misión: solucionar cualquier incidencia en el servicio, coordinar a los vs, informar de las incidencias al responsable del evento, cualquier otra que demande el cliente.
I) Contrato entre SEGURIBER y MADRIDEC
En este documento se apunta que la empresa adjudicataria (SEGURIBER) elaborará un plan de seguridad para cada evento que se desarrolle en el recinto. Esta la remite a la seguridad del centro (no se especifica quién es el responsable) la cual la hace llegar al Dpto. de operaciones para que la traslade al cliente quién puede solicitar una modificación de la operativa al alza o a la baja.
Se añade en el documento que “Seguridad y emergencias” no habla directamente con el organizador o cliente, sino con los técnicos del dpto. de operaciones.
J) Plan de Autoprotección 2005 y autorizado en 2012 del Madrid Arena
En la introducción del plan de autoprotección del 2005 se define que el pabellón es un multiusos capaz de albergar tanto eventos deportivos como actividades culturales, feriales y exhibiciones de todo tipo, y que tiene las condiciones técnicas para montar cualquier tipo de espectáculo. (¿Debemos entender incluidas las macrofiestas? No se mencionan explícitamente) El recinto se clasifica en el grupo III, que corresponde a locales con capacidad de más de 1500 personas. El nivel de riesgo es alto al ser una superficie mayor de 1000m²
La evacuación de la pista con las gradas replegadas se realizaría por el portón de entrada de mercancías de 9 metros de ancho, o a través de 6 escaleras que comunican con el nivel 1que dan a los vomitorios. En el nivel II se encuentran las 40 puertas dobles.
El tiempo de evacuación calculado es de 2.5 minutos para alcanzar una salida.
El plan recoge la necesidad de la formación de los equipos y de los responsables del pabellón. Así dice que:
- Deberán conocer el pabellón y sus instalaciones, la peligrosidad de las distintas áreas, los medios de protección disponibles y las necesidades prioritarias.
- Evitar las causas origen de emergencias
- Disponer de personas adiestradas, organizadas y formadas que garanticen rapidez y eficacia.
- Tener informados a los usuarios del pabellón de cómo actuar en situaciones de emergencia.
K) Declaración ante el juez de Miguel Ángel Flores (recogido en prensa)
Miguel Ángel Flores culpa ante el juez a MADRIDEC de la falta de seguridad en el recinto y ha atribuido la avalancha humana que se provocó a la falta de previsión y a la ausencia de control de la Policía Municipal del ‘macrobotellón’ que se produjo en una zona adyacente al recinto.Dice que en el recinto había 15.000 personas a pesar de que solo se vendieron 9.650 entradas, aunque se imprimieron 17.500. El responsable de la organización de la trágica fiesta de Halloween ha argumentado que había entradas duplicadas y que sobre las 03.00 horas, una hora antes de la tragedia, se colaron unas 4.000 personas que estaban en los alrededores haciendo botellón.Ha asegurado ante el juez que la Policía Municipal era la responsable de controlar el macrobotellón que se produjo fuera del Madrid Arena en el que durante cuatro horas, según ha dicho, los jóvenes estuvieron bebiendo. Se recaudaron 40.000 euros cuando lo normal es 100.000 euros y ha llegado a decir que los jóvenes estaban «superborrachos».él solo era el responsable de controlar la venta de entradas y del contenido de la fiesta, es decir, las actuaciones musicales. Por ello, se ha desvinculado de todo lo relativo a la seguridad interior y exterior del recinto.
L) Declaración del abogado de Kontrol34
El abogado de KONTROL 34, por su parte, ha asegurado que incluyó expresamente en el contrato con DIVIERTT que «el tema de seguridad» lo llevaría a cabo SEGURIBER. Óscar Zein señaló que DIVIERTT decidió «unilateralmente» ponerse en contacto con ellos a fin de solicitarle «si podía facilitarle una relación de personas con el correspondiente «Carnet de Controlador de Acceso» para poderlos contratar directamente para cubrir dicho evento». En concreto, se contrataron a 63 trabajadores. Kontrol 34 no tenía nada que ver con el control de los accesos al Madrid Arena, ya que era competencia de la empresa de seguridad Seguriber, contratada por Madrid Espacios y Congresos.
M) Atestado policial filtrado al diario ABC
En su declaración ante el Grupo V de Homicidios, Miguel Ángel Flores, afirmó que lleva haciendo este tipo de fiestas con Espacios y Congresos desde 2004, cinco al año en elMadrid Arena. Tiene un convenio con el Ayuntamiento firmado por cuatro años y que renuevan anualmente. Se encontraba en la zona VIP cuando empezó la actuación, sobre las 3.30 de la madrugada. «Todo el personal estaba muy tranquilo y no hubo ningún tipo de altercado» antes de que arrancara el concierto estrella, declaró. Hasta que a las 4 le avisan para que baje a la enfermería.
N) Informe de la dirección general de emergencias de protección civil
En este informa se reitera que el plan de autoprotección es responsabilidad del titular de la actividad.
El titular de la actividad que tenga el plan de autoprotección basado en otra normativa deberá añadirle aquella parte del anexo II que no esté contemplada.
Que los bomberos recibieron copia del plan como estipula el RD 393/2007 modificado por RD 1468/2008. Fue informado favorablemente por el dpto. de prevención de incendios.
La Ley 17/1977 de Espectáculos Públicos y actividades recreativas es la norma específica que obliga a disponer de un plan de emergencias (art. 6.3)
O)Videos
En las grabaciones de videovigilancia del recinto se observa el lanzamiento de al menos un artefacto pirotécnico en la pista y otro en el vestíbulo en el que desemboca el vomitorio atorado.
Antes del aplastamiento mortal se observa un hacinamiento de gente que circula en los dos sentidos, hay gente que quiere entrar a la pista y otros que quieren salir.
Alguien ordena la apertura de la puerta de emergencia que da directamente a la pista por donde entran cientos de personas tranquilamente.
En los videos se aprecia que la densidad de usuarios es superior a las dos personas por m2 que marca el plan de autoprotección.
P) Testimonios (recogidos en prensa, sin corroborar)
María Casado, una joven de Alcobendas de 18 años, relató a la Policía Nacional que estuvo “atrapada en la avalancha del Madrid Arenadurante unos 30 minutos”. Según su criterio, “observó deficiencias en la organización del evento”.
La Brigada Provincial de Información de Guadalajara informó a la de Policía Judicial de la Jefatura Superior de Madrid vía correo electrónico que en una tienda de petardos de Las Rozas una persona llamada Vanessa y que acudió a la fiesta de Halloween compró una «carretilla» de fuegos de artificio.
Un comunicante anónimo informa a la Policía de que una chica encendió una traca de petardos en el interior del Madrid Arena. Trabaja en Las Rozas y abandonó el recinto en un taxi tras producirse la avalancha.
Las diligencias recogen que “todas las personas confluyeron en el mismo vomitorio”. “Algunas cayeron al suelo empezó a taponarse; pero la gente que intentaba salir y la del otro lado no se percataron y seguían empujando, sumándose las personas que bajaban las escaleras y querían acceder a la pista”.
Daniel Martínez, de 21 años, declara que los porteros se quedaron con su entrada y las de sus amigos. En ningún momento, asegura, les pidieron el DNI para acreditar su edad ni tampoco fueron registrados para comprobar lo que llevaban encima.
Los jefes de Seguriber, encargados de la seguridad privada, no se percataron de la gravedad del suceso hasta 40 minutos después del incidente. Durante su declaración ante la policía afirman que ninguno es consciente ni percibe la gravedad de los hechos, debido a que en otras macrofiestas celebradas en el recinto es habitual ver a algún joven semiinconsciente por intoxicación etílica, y no le dieron importancia a lo sucedido.
Sara F. P., de 17 años, fue primero a una zona adyacente al recinto, donde cientos de jóvenes hacían botellón. Había quedado allí con su pandilla, 20 amigos. “Todos ellos, salvo dos que tienen 18 años, éramos menores de edad. Mi entrada la compró una amiga, ya que los menores no podíamos acceder. Ni a mí ni a ninguno de mis amigos nos registraron ni nos pidieron el DNI. Todos entraron al pabellón sobre las dos de la madrugada. En ese momento no había demasiada gente. Hacia las tres de la madrugada, noté que la gente nos empujaba y arrastraba hacia una puerta, que estaba cerrada y no se podía abrir. Grité que dejasen de empujar, pero no oían mis gritos y seguían empujando. Con otras dos personas que no conocía, logré salir hacia un lado y escapar por otra puerta. Poco antes, por esa misma puerta, habían sacado a dos chicas que parecían inconscientes”.
María M. S., de 22 años, quedó con amigos, 14 en total, en la zona del botellón, al lado recinto. “Mis amigos ya estaban allí, tomando unas copas, en la calle. Sobre las tres de la madrugada, entramos en el pabellón, sin que nos pidieran el DNI ni nos registraran”.
Aaron B. C. asistió a la fiesta con su pareja, Carlota M. P. Adquirió las entradas a través de una web. “Mostramos el papel de la entrada al portero y nos dejaron pasar, sin más. Tampoco comprobaron lo que llevábamos encima. Con los demás sucedió lo mismo: cualquiera que enseñaba un papel le dejaban entrar. Dentro había una multitud de gente con sus propias botellas de alcohol”. Aaron señala que, pasadas las tres de la madrugada, coincidiendo con el inicio de la actuación, llegó a un pasillo del recinto y se topó con el hecho. “La gente empezó a apelotonarse. No me podía mover. Estaba totalmente atrapado. Rompieron una puerta que estaba cerrada y, al abrirse, por la descomprensión, caí al suelo junto con otras personas. La gente caía y se aplastaban unos a otros. Quedé atrapado por las piernas. Mis amigos tiraron de mí hasta poder sacarme. Allí se quedaron mi reloj y unas zapatillas”.
Amor L. B., de 17 años, se hallaba en la pista central. La multitud le agobió y trató de salir de allí: “Me dirigí a un pasillo que había frente al escenario y de pronto se produjo una avalancha humana, originada porque unas chicas que iban delante de mí se cayeron al suelo, y comenzó a caerse más gente encima de ellas. Instantes después, comenzó a entrar mucho humo en el pasillo, al parecer por una bengala. Mientras estaba en el pasillo, delante de mí falleció Katia Esteban (una de las cuatro víctimas mortales). La chica, atrapada, me dijo: “Despídeme de mi padre, que lo quiero mucho”. Encima de ella había al menos cinco personas. Los vigilantes arrancaron una puerta situada en el pasillo, y la gente se abalanzó, pensando que era una salida”. Amor declaró a la policía que un amigo suyo, Álvaro, le contó la víspera de la fiesta, a través del móvil: “Se han vendido 20.000 entradas y solo pueden pasar 10.000”. ¿Y cómo te enteraste?”, le preguntó ella. “Mi colega es el DJ que pincha con Aoki, JulienLeik; por eso no voy”, explicó Amor que le advirtió su amigo. Inicialmente subieron a la zona elevada del pabellón. “Luego decidimos bajar al nivel cero .Bajamos por unas escaleras que dan a un distribuidor, desde el cual, a través de un pasillo, se accedía a la pista central. Debido a la aglomeración de personas, nos agarramos de las manos. A mitad del pasillo, mi amiga Irene y yo vimos que era imposible pasar. Al girarme, caí al suelo, junto a otra gente… No podía levantarme. Y quedé aprisionada. Se formó una montaña humana. Estuve tumbada cinco minutos, aunque me pareció mucho más tiempo. Gente de seguridad me sacaron de allí tirando de uno de mis brazos. Al levantarme, no vi a mi amiga. Pedí que me dejaran ir hacia el túnel en su busca, no me dejaron. Temí que no hallaría a mi amiga con vida. Más tarde, por fin, la encontré: lograron sacarla de allí. Estaba en estado de shock. Perdí las llaves de mi coche, el móvil y la cartera con el dinero en el tumulto”.
Luis Carlos A. F., de 21 años, entró sobre las 23.30 al parking del recinto. Con otros cinco amigos (allí se hacía botellón). “A las 03.15 entramos al recinto. Tuvimos la sensación de que todo estaba sumamente masificado. Luego, descendimos por unas escaleras que daban acceso a un distribuidor desde el cual, a través de un pasillo, se llegaba a la pista central. En mitad del pasillo, lleno de gente, decidimos dar la vuelta porque no se podía avanzar. Pero fuimos empujados por una avalancha de personas procedentes del interior de la pista; se nos echaron encima. Para salir de allí hubo que forcejear. Unas personas caían al suelo por la avalancha, impidiendo levantarse unos a otros, y formándose montañas de personas que iba creciendo en altura. Volvimos a la parte de arriba del pabellón al ver que no podíamos hacer nada allí y sí dificultar los rescates”.
Elvira M. G. M., de 20 años, también entró al recinto sobre las tres de la madrugada con su amiga María Teresa. Al llegar a la zona del tapón humano, su amiga “cayó al suelo”. “La masa de gente que se agolpaba impedía que me agachara para ayudarle… Unos sobre otros… la perdí de vista y me puse a llamarla dando gritos. Y gritaba a la gente para que no siguiera avanzando. Todo estaba descontrolado. Mi amiga Lucía llegó donde estaba yo y vio cómo un chico sacaba a Teresa del montón humano, inconsciente. La tumbó en el suelo para reanimarla, y luego la subieron a la parte de arriba para las maniobras cardio-pulmonares”.
Víctor G., Miguel A. Claudia F. y Rocío G. eran amigos de tres de las víctimas (Rocío, Katia y Cristina). Los amigos se presentaron el pasado 3 de noviembre en la comisaría de Hortaleza, donde declararon conjuntamente. Y señalaron: “En el interior del aparcamiento privado del recinto existían numerosos coches con música a toda voz y bebidas alcohólicas. Ni la policía ni los guardias de seguridad tomaron medidas”.
Imputados
Pedro Calvo, concejal que presidía MADRIEC
Miguel Ángel Flores, gerente de DIVERTT
Rafael Flores, de DIVIERTT
Carlos Manzanares Rodríguezde KONTROL 34
Tres responsables de seguridad de SEGURIVER
3 Valoración
3.1 El artículo 4 del Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia dice que es responsabilidad del titular de la actividad la elaboración, implantación, mantenimiento y revisión del plan. ESTE APARTADO ESTÁ CORRECTO CON EL PLAN DEL AÑO 2005 y REVISIÓN DEL 2012
3.2 El apartado “c” del mismo artículo especifica que en el caso de actividades temporales realizadas en centros, establecimientos, instalaciones y/o dependencias, que dispongan de autorización para una actividad distinta de la que se pretende realizar e incluida en el anexo I, el organizador de la actividad temporal estará obligado a elaborar e implantar, con carácter previo al inicio de la nueva actividad, un Plan de Autoprotección complementario.NO CONSTA
3.3 a) El mismo Plan establece la necesidad de disponer de personas “organizadas, formadas y adiestradas” para garantizar las acciones que hubiese que emprender (Evacuación por ejemplo) y que estas conozcan las instalaciones y la peligrosidad de las distintas áreas. NO CONSTA QUE FUERAN FORMADOS NI LOS VS, NI LOS CONTROLADORES, ni el personal laboral en este sentido, es decir en el conocimiento del lugar.
3.3 b) Sí que existe un plan de seguridad elaborado por SEGURIBER, empresa contratada en exclusiva por MADRIDEC para los eventos del Madrid Arena. Es decir no fue contratada por DIVIERTT.
3.4 Respecto a la obligación de tener informados a los ocupantes del pabellón para conocer cómo actuar ante situaciones de emergencia. NO CONSTA QUE SE INFORMASE A LOS ASISTENTES DE LAS MEDIDAS DE AUTOPROTECCIÓN.
3.5 La capacidad de evacuación estaba definida en 300 personas por metro en vomitorios, y 200 personas en rampas y escaleras. El ancho mínimo requerido es 1.20. El pasillo era de 3 metros de ancho. SE CUMPLE LA NORMA con las dimensiones. Pero la evacuación se establece en un máximo de 2´5 minutos para un aforo correcto. NO SE EVACUO EL RECINTO.
3.6 El artículo 11 del Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas dice que “Siempre que el aforo del local exceda de 1.000 o de 100 espectadores o asistentes, se dispondrá respectivamente, de una enfermería o botiquín convenientemente dotados para prestar los primeros auxilios en caso de accidente o enfermedad repentina. Su instalación y dotación de personal, medicamentos y materiales estará de acuerdo con las disposiciones sanitarias vigentes.La enfermería se podrá sustituir por botiquín y la presencia de ambulancias, dispuestas para cumplir su cometido en caso de necesidad.” Había una ambulancia y servicio médico. SE CUMPLE LA NORMA
3.7 El artículo 60 del mismo reglamento establece la prohibición de la entrada y permanencia de menores en las salas de fiesta, discotecas, salas de baile, en los espectáculos o recreos públicos clasificados, genérica o específicamente por el Ministerio de Cultura, para mayores de dieciséis años. El apartado 2 amplia el precepto a los menores de dieciséis años que accedan a los establecimientos, espectáculos o recreos no incluibles en la prohibición del apartado anterior, a los cuales no se les podrá despachar ni se les permitirá consumir ningún tipo de bebida alcohólica. El apartado 3 es más explicito al exigir quelos dueños, encargados o responsables de los establecimientos, espectáculos o recreos a que se refiere el párrafo 1, por sí o por medio de sus porteros o empleados, deberán impedir la entrada en los mismos a los menores de dieciséis años y proceder a su expulsión cuando se hubieren introducido en ellos requiriendo, en caso necesario, la intervención de los agentes de la autoridad. El apartado 4 expone la exigencia de pedir el DNI por los porteros o responsables de la entrada a aquellas personas sobre las que se tuviese duda acerca de su mayoría de edad. NO SE CUMPLE. ENTRARON MENORES SIN CONTROLAR SU ACCESO. [5]
3.8 El Ayto. de Madrid afirma que el Madrid Arena está dentro de la Ley 17/1997 de 4 de Julio, espectáculos públicos y actividades recreativas, por lo que según el artículo 30 las inspecciones son competencia del ayuntamiento. Estas inspecciones son facultativas en el caso de la Comunidad de Madrid. NO SE HIZO INSPECCIÓN ALGUNA, NO HAY ACTA QUE LO CORROBORE.
3.9 El nivel de riesgo establecido inicialmente por la policía local era insuficiente según se desprende del propio informe policial. POCAS DOTACIONES POLICIALES para un nivel de riesgo alto.
3.10 En cuanto al aforo, hay que reseñar que según Miguel Ángel Flores se vendieron 9650 entradas. Distribuidas en su venta de esta manera: 7.000 entradas a través de dos establecimientos, uno que hacía la venta en exclusiva en Internet y otro en espacios físicos. 800 a través de relaciones públicas dejando 500 para la venta en taquilla. Más unas 1.000 entradas para invitaciones de patrocinadores y de relaciones públicas. Confirma que se imprimieron 17.500 entradas.
El representante de la empresa DATO, encargada de validar las entradas de la fiesta, entregó a la Policía un certificado de que “todos los asistentes accedieron al recinto con una entrada original y válida de las emitidas por la organizadora y no se autorizó el acceso con entradas falsas, duplicadas o repetidas”.
Se encontraron las urnas con las entradas en el pabellón adyacente. Al término de las primeras urnas ya llevaban contados los tickets vendidos, la proporción llevaría a unas 15.000 o 18.000 entradas Se investiga las falsificaciones de entradas y posibles accesos no autorizados.
3.11Una de las funciones de la policía local es impedir el botellón. Esa noche los alejaron unos metros. ¿Por qué no actuó la policía contra el botellón asentado fuera como dice la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos[6] Hay que señalar que parte de la sociedad, especialmente los jóvenes ven con buenos ojos la realización del botellón a pesar de ser una actividad prohibida.
3.12 Sobre el bloqueo de las puertas de emergencia. Al parecer había dos puertas bloqueadas con precinto y se ordenó retirar el precinto. La única puerta cerrada o mejor dicho inhabilitada era la de detrás del escenario.
Fuente: El País
Fuente: El Mundo
4 Fuentes
- · Orden de 29 de noviembre de 1984 por la que se aprueba el manual de autoprotección para el desarrollo del plan de emergencia contra incendios y de evacuación de locales y edificios.
- · Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil
- · Ordenanza de Prevención de Incendios del Ayuntamiento de Madrid
- · Reglamento Protección antiincendios
- · Real Decreto 2816/1982, de 27 de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
- · Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos.
- · Teoría de Gustave Le Bon
- · Diario “El País”
- · Diario “ABC”
- · Diario “La Gaceta”
5 Conclusiones
Gustave Le Bon dijo que “el individuo dentro de la masa pierde absolutamente su yo, su identidad, y se convierte en algo radicalmente diferente, incluso la masa desocializa a sus miembros, de una forma temporal pero profunda, convirtiéndolos en hombres primitivos. De ahí que cualquier persona, incluso la más pacífica y sensible, puede convertirse dentro de la masa en salvaje”
El exceso de aforo es la clave (tanto si entraron de forma legal como ilegal, borrachos o serenos, con entrada o sin entrada, tanto si eran menores como mayores de edad, junto con la falta de preparación específica de los controladores, junto con la falta de sentido común de algunos asistentes que lanzaron material pirotécnico, junto con el nivel de alcohol de algunos asistentes[7] ( es difícil manejar situaciones con gente bebida), junto con el desprecio hacia la vida asentado en nuestra sociedad (“eso no me puede pasar a mi”), unido a la posible venta ilegal de entradas (por exceso, habían fotocopias de tickets)[8], unido a la falta de celo por parte de los responsables y promotores del evento en exigir a los miembros de seguridad para que hicieran bien su trabajo (requisas de material ilegal, filtrado de menores, etc.), unido a la falta de una inspección previa por el Ayuntamiento, unido a que la Policía no evitó el botellón como dice la Ley, unido a que los jóvenes no están dispuestos a renunciar al botellón, ni renunciar si son menores a entrar a este tipo de eventos, unido a que se molestan cuando les piden el DNI porque significa que algún miembro de la pandilla se quede fuera, al comportamiento de la masa en general, y a la sobreventa de entradas) todo esto, ha contribuido a la tragedia.
Es este, el exceso de aforo, lo que produce la tragedia al confluir dos movimientos de masas en sentido contrario una de la otra.
¿Si el aforo hubiese sido el correcto se hubiera producido la tragedia? El aforo sólo hubiera sido correcto si se hubiera respetado la sectorización del mismo por niveles. Esto quiere decir que con la asistencia correcta de 9.650 personas se hubiera podido producir un accidente si la multitud no se hubiese sectorizado entre los tres niveles, cada uno con un aforo.
Este tipo de eventos es muy frecuente y las condiciones son siempre las mismas. Está lleno pero entran más y más. La diferencia: esta vez ha habido muertes.
[1]Una semana después de la tragedia.
[2]El organizador del evento, Miguel Ángel Flores, envió al coordinador de Producción de Madrid Espacios y Congresos, Francisco del Amo ,un SMS a las 10:45 del día 1 de Noviembre en el que dice»Metimos 9.650 personas pero el aforo máximo que nos dais es de 12.000»
[3]Según la dirección de la policía local el operativo policial nunca hubo 30 policías al mismo tiempo.
[4]Nota: los responsables del cálculo del aforo usaron el más restrictivo de cálculo por evacuación en lugar del cálculo por superficie, que da un número de ocupantes más alto.
[5] En el mismo sentido, el artículo 31 de la LEY 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos.- Acceso de menores a locales
1. Salvo lo establecido en el siguiente párrafo queda prohibida la entrada de los menores de dieciocho años en bares especiales, así como en salas de fiestas, de baile, discotecas y establecimientos similares en los que se venda o facilite el consumo de bebidas alcohólicas.
2. Excepcionalmente, estos locales podrán disponer de sesiones especiales para mayores de catorce años, con horarios y señalización diferenciada, sin que puedan tener continuidad ininterrumpida con aquellas sesiones en las que se produzca la venta de bebidas alcohólicas, retirándose de los locales, durante estas sesiones especiales, la exhibición y publicidad de este tipo de bebidas.
[6] Artículo 55.- Infracciones leves
2. El consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública.
3. Facilitar o de cualquier modo colaborar para que un menor pueda directa o indirectamente adquirir o apropiarse de bebidas alcohólicas, siempre que la conducta típica se realice al margen de una actividad comercial, empresarial o con carácter lucrativo.
Artículo 30.- Prohibiciones
1. No se permitirá en el territorio de la Comunidad de Madrid la venta, despacho y suministro, gratuitos o no, por cualquier medio, de cualquier tipo de bebidas alcohólicas a menores de dieciocho años.
3. No se permitirá la venta ni el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, salvo terrazas, veladores, o en días de feria o fiestas patronales o similares regulados por la correspondiente ordenanza municipal.
Las Entidades Locales, a través de las correspondientes ordenanzas municipales, podrán declarar determinadas zonas como de acción prioritaria a los efectos de garantizar el cumplimiento de la prohibición de consumo de bebidas alcohólicas en determinados espacios públicos, fomentando, al mismo tiempo, espacios de convivencia y actividades alternativas, contando para el establecimiento de estas limitaciones con los diferentes colectivos afectados.
[7] Hay dos tipos de intoxicación debida al consumo de alcohol: la Intoxicación Aguda ocasionada por la ingestión masiva de alcohol y la Intoxicación Crónica, provocada por intoxicaciones agudas repetidas o por un excesivo y continuado consumo de alcohol.
El alcohol afecta en primer lugar al Sistema Nervioso Central y su ingesta excesiva y prolongada puede provocar daño cerebral. el alcohol no incrementa la excitación, sino que deprime muchos centros cerebrales. La sensación de excitación se debe precisamente a que al deprimirse algunos centros cerebrales se reducen las tensiones y las inhibiciones y la persona experimenta sensaciones expandidas de sociabilidad o euforia.
Sin embargo, si la concentración de alcohol excede ciertos niveles en la sangre interfiere con los procesos mentales superiores de modo que la percepción visual es distorsionada, la coordinación motora, el balance, el lenguaje y la visión sufren también fuertes deterioros. Fuertes cantidades de alcohol reducen el dolor y molestias corporales e inducen al sueño.
[8]Este extremo está siendo investigado pues las urnas con las entradas aparecieron en el pabellón anexo y tres de ellas no tenían el candado